miércoles, 29 de mayo de 2019

ACUERDO 049 DEL 2000




ACUERDO No. 049
(5 de mayo de 2000)
Por el cual se desarrolla el artículo del Capítulo 7 “Conservación de Documentos” del Reglamento General de Archivos sobre “condiciones de edificios y locales destinados a archivos”.



El acuerdo 049 del 2000 habla de los edificios y locales destinados como sedes de archivos deberán cumplir con las condiciones de edificación, almacenamiento, medio ambiental, de seguridad y de mantenimiento que garanticen la adecuada conservación de los acervos documentales.



-Ubicación.
· Características de terreno sin riesgos de humedad subterránea o problemas de inundación y que ofrezca estabilidad.
· Deben estar situados lejos de industrias contaminantes o posible peligro por atentados u objetivos bélicos.
· Prever el espacio suficiente para albergar la documentación acumulada y su natural incremento.
Aspectos Estructurales.

·         Si se utilizan estantería de 2.20 mts de alto, la resistencia de las placas y pisos deberá estar dimensionada para soportar una carga mínima de 1200 k/mt2, cifra que se deber incrementar si se va a emplear estantería compacta o de mayor tamaño señalado.



·         Los pisos, muros, techos y puertas deben estar construidos con material ignífugos de alta resistencia mecánica y desgaste mínimo a la abrasión.
·         Las pinturas utilizadas deberán igualmente poseer propiedades ignífugas, y tener el tiempo de secado necesario evitando el desprendimiento de sustancias nocivas para la documentación.


Capacidad de almacenamiento.

Los depósitos se dimensionarán teniendo en cuenta:
·         La manipulación, transporte y seguridad de la documentación.
·         La adecuación climática a las normas establecidas para la conservación del material documental.
·         El crecimiento documental de acuerdo con los parámetros archivísticos que establezcan los procesos de retención y valoración documental.



Distribución.
·         Las áreas destinadas para la custodia de la documentación deben contar con los elementos de control y aislamiento que garanticen la seguridad de los acervos.
·         Las zonas de trabajo archivístico, consulta y prestación de servicios estarán fuera de las de almacenamiento tanto por razones de seguridad como de regulación y mantenimiento de las condiciones ambientales en las áreas de depósito.



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